El congresista Alejandro Toro adelanta un proyecto para los jóvenes que siendo mayores de 24 no hayan definido su situación militar

El congresista Alejandro Toro adelanta un proyecto para los jóvenes que siendo mayores de 24 no hayan definido su situación militar

Se ha aprobado en su cuarto y último debate el proyecto de ley orientado a simplificar el proceso para que más de un millón de jóvenes mayores de 24 años resuelvan su situación militar. La propuesta busca resolver esta cuestión mediante el establecimiento de una cuota de compensación única, la cual será determinada en función de los ingresos mensuales.

Este proyecto, presentado por el representante Alejandro Toro del Pacto Histórico, avanzará ahora a una fase de conciliación para convertirse en ley.

La exposición de motivos detalla que, sin importar las condiciones en que se encuentren estas personas, podrán solicitar la definición de su situación militar. «Son más de 700,000 personas, la mayoría de ellas de estratos 1, 2 y 3, que necesitan resolver su situación legal y cuyos derechos están siendo vulnerados», comentó el congresista Toro.

De acuerdo con la propuesta, la cuota única de compensación militar para mayores de 24 años constituye una contribución ciudadana, especial, pecuniaria e individual. Los jóvenes que no ingresen a las fuerzas armadas debido a haber superado la edad máxima de incorporación deben pagar esta cuota al Tesoro Nacional.

Respecto al monto de la cuota única de compensación militar, se establece que para aquellos con ingresos entre dos y cuatro salarios mínimos, el valor será equivalente a un salario mínimo vigente. Para quienes ganen más de cuatro salarios mínimos, la cuota ascenderá a dos salarios mínimos.

Por otro lado, para las personas con ingresos inferiores o iguales a dos salarios mínimos, la cuota será el 15% de un salario mínimo. Para aquellos que no dispongan de ingresos económicos, la contribución se fijará en el 5% de un salario mínimo.

El proyecto también destaca excepciones con respecto a los jóvenes menores de 24 años que aún no hayan resuelto su situación militar. Según la propuesta:

«Quienes estén matriculados o cursando estudios de educación superior, estudios técnicos o tecnológicos con una duración no inferior a 2 años, incluidos los programas de formación titulada en carreras tecnológicas expedidos por el SENA o instituciones de educación superior acreditadas en alta calidad».

En cuanto a los requisitos, los jóvenes deben tener al menos 24 años en la fecha de la solicitud. Deben presentar la solicitud correspondiente a través de la página web del Gobierno en Línea o de forma presencial en cualquier distrito militar o de policía. Además, deben pagar la cuota única de compensación militar para mayores de 24 años.

Por último, la propuesta del representante Alejandro Toro también contempla que el Gobierno nacional implemente la emisión de la libreta militar digital. Esta tendría los mismos efectos que la tarjeta expedida a mano, lo que implicaría la eliminación de trámites como el pago de multas, la expedición de documentos como el ICA y los certificados catastrales y de declaración de renta.

La Ley de Víctimas y Restitución de Tierras establece que las personas inscritas en el Registro Único de Víctimas (RUV) no están obligadas a realizar el servicio militar en el país. Por esta razón, la Procuraduría General de la Nación ha instado al Ejército Nacional a garantizar que a esta población se le proporcione la libreta militar de forma gratuita.

El 1 de agosto de 2023, se supo que la Procuraduría General de la Nación exhortó al Ejército Nacional a cumplir con el artículo 140 de la Ley 1448 de 2011 o Ley de Víctimas y Restitución de Tierras.

Dicho artículo establece que las personas declaradas víctimas del conflicto armado en el país no están obligadas a prestar el servicio militar, excepto en caso de guerra exterior en Colombia:

«Excepto en caso de guerra exterior, las víctimas a las que se refiere esta Ley y que están obligadas a prestar el servicio militar quedan exentas de hacerlo, sin perjuicio de la obligación de inscribirse y llevar a cabo otros trámites para resolver su situación militar durante un período de cinco (5) años a partir de la fecha de promulgación de esta Ley o del hecho que provocó la victimización. Durante este período, estarán exentas de pagar cualquier cuota de compensación militar».

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