Por obligación empleadores deberán pagar la prima a sus empleados antes del 20 de diciembre

Por obligación empleadores deberán pagar la prima a sus empleados antes del 20 de diciembre

Los colombianos ya cuentan los días para iniciar una de las temporadas más influyentes del año con negocios, celebraciones y reuniones. A medida que se acerca diciembre, la gente ya cuenta con posibles gastos e ingresos adicionales, como los complementos salariales. Cabe recordar que el aguinaldo o aguinaldo es igual a la mitad del salario del trabajador más (en su caso) la comisión, el bono de transporte y el bono de horas extras, tal como se destaca en el Decreto N° 1978. 1045.

La forma correcta de obtener el premio final del año, en términos simples, es contar la cantidad de días trabajados en el segundo término y contar solo los días trabajados. Una vez obtenida esta cifra, se debe multiplicar el número de días laborables por el salario mensual y dividirlo por 360.

Las personas que se preguntan cuánto tiempo tienen que trabajar para recibir su aguinaldo deben recordar que el pago se realiza por todo el período trabajado o una cifra proporcional a las horas trabajadas y el valor total del contrato. Para los trabajadores o socios comerciales que no cuenten con contrato oficial por seis meses, la bonificación corresponderá al tiempo trabajado por el empleador, el cual deberá ser por lo menos de tres meses.

Por otra parte, la fecha límite para el pago de la prima de este seguro del segundo semestre, que los administradores y empresas deben administrar u observar, es el 20 de diciembre de 2022, momento en que, según el contrato, se realiza el pago correspondiente a sus empleados. cancelado. . Sin embargo, los empleadores pueden optar por pagar por adelantado, explica LM

La Inspección de Trabajo del Ministerio puede imponer multas a quienes incumplan con sus obligaciones de «falta de pago de prestaciones sociales», que pueden ir desde 26,31 UVT hasta 131.565 UVT (valor de US$ 1.000.000 a US$ 5.000.000.000). 2022). la gravedad de este delito.

Además, si se extingue el contrato de trabajo, el incumplimiento del pago de la tarifa de servicio del patrón y otras obligaciones laborales “podrá dar lugar a la suspensión de la indemnización de conformidad con el artículo 65 de la Ley Material del Trabajo”, enfatizó la cartera. Ocupación.

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