Daniel Mendoza perdió demanda contra el club el Nogal por su serie Matarife

Daniel Mendoza perdió demanda contra el club el Nogal por su serie Matarife

El Tribunal Constitucional ha confirmado la sentencia judicial que confirma la sanción de despido impuesta por el club El Nogal en 2017 a Daniel Emilio Mendoza Lal, autor y creador de la serie «Matarife».

El Club El Nogal descalificó a Mendoza Leal como socio del Club El Nogal por sus declaraciones públicas alegando que el directorio de la empresa era una institución corrupta que encubría las actividades fraudulentas de sus socios. En su momento, el socio expulsado manifestó públicamente que la directiva estaba realizando una persecución ideológica a su expresión literaria, tildando a algunos socios y presidentes de clubes de «pirañas codiciosas», «rateras» y «tiranos».

Con base en este comportamiento del socio suspendido, la Junta Directiva del Club El Nogal considera que las acusaciones son falsas y ofensivas, y desconoce las normas disciplinarias que exigen a los socios una conducta respetuosa y abstenerse de difamar injustamente a la empresa y sus empleados. . Daniel Mendoza, quien enfrentó la sanción, interpuso una demanda civil impugnando el acta de la junta directiva, buscando levantar las sanciones y ordenarle el pago de la restitución.

Tanto el Juez Cuarto de lo Civil del Juzgado de Distrito de Bogotá en primera instancia como la Sala de lo Civil del Tribunal Superior de Bogotá en segunda instancia desestimaron la demanda de la actora y confirmaron la sentencia original. Los Mendoza Leal solicitaron una orden de protección alegando que violaron la Constitución y la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Los tutores antes mencionados son seleccionados por el Tribunal Constitucional y asignados a la quinta sala de examen de este tribunal. La Corte Constitucional dictaminó que la tutela no cumple con los requisitos generales para los procedimientos de tutela siguiendo órdenes judiciales.

Finalmente, la decisión de la Corte Constitucional dejó firme la sentencia de segunda instancia emitida el 12 de enero de 2021 por la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá.

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